UNIDAD 003 EDIFICIO "PROA DE SAN FERNANDO" MALDONADO
LA PROA, Av. Aparicio Saravia casi, 20000 Maldonado, Departamento de Maldonado
UNIDAD 003
EDIFICIO "PROA DE SAN FERNANDO"
MALDONADO
PADRÓN 23232/003
SUPERFICIE 46 m² 96 dm²
CONDICIONES: JUDICIAL | SIN BASE EN USD | SEÑA: 30,00% | COMISIÓN E IMPUESTOS: 3,66%
Consultanos por este remate
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Maldonado de 5º Turno, dictada en autos: “JUBIN MIGUEL c/ CASTELL JORGEDEMANDA EJECUTIVA CAMBIARIA” IUE 289-50/2020, Se hace saber que el próximo 27 de AGOSTO de 2025, a partir de las 14:30 horas en el local denominado LA CASA ROSADA, Calle Dodera 869, entre Florida e Ituzaingó de la ciudad de Maldonado, por intermedio del Martillero Gabriel Etcheverry, Matrícula 5659, RUT 100.087.950.010, en diligencia presidida por la Señora Alguacil de la Sede, se procederá al remate público, sin base, en dólares americanos y al mejor postor de siguiente bien: unidad de propiedad horizontal 003, que integra el edificio “PROA DE SAN FERNANDO I” construido bajo el régimen de propiedad horizontal de la Ley 10.751 al amparo de la ley 18.795 artículos 18 y 19, modificativas y concordantes, en un solar ubicado en el departamento de Maldonado localidad catastral Maldonado (antes Primera Sección Judicial del Departamento de Maldonado), zona urbana, manzana catastral 2174, Padrón Matriz veintitrés mil doscientos treinta y dos (23.232) el que según Plano de Mensura y Fraccionamiento de Propiedad Horizontal del Ingeniero Agrimensor Jorge E. Pelía de febrero de 2015, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro Oficina Delegada de Maldonado, el 26 de febrero de 2015, con el número 11.009, consta de una superficie de seiscientos ochenta y seis metros 2 decímetros cuadrados (686 m² 2 dm²) y tiene 32,49 metros al Suroeste con frente a la calle Salsipuedes de 17 metros de ancho, por ser esquina, 31,01 metros al Norte también de frente a la calle Cacique Brown, unidas ambas alineaciones por ochava curva de 12,11 metros de desarrollo. La unidad 003 está empadronada individualmente con el número veintitrés mil doscientos treinta y dos barra cero cero tres (23.232/003) y según el referido plano se ubica en planta baja a cota vertical más 10 centímetros y consta de una superficie de cuarenta y seis metros, noventa y seis decímetros cuadrados (46 m² 96 dm²) correspondiéndole el derecho de uso y goce de la cochera 003 situada en el bien común jardín y circulación “A”. SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30 % de su oferta en carácter de seña, al serle aceptada la misma, así como la comisión de compra del rematador e IVA, o sea el 3,66% de dicho precio. 2) Dichos pagos deberán realizarse en el acto y si el precio total superare el límite de restricción legal para pagos en efectivo (1.000.000 de Unidades Indexadas) se hará efectivo mediante letra de cambio o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes números 19.210, 19.478, y artículo 221 de la ley 19.889 y sus decretos reglamentarios. 3) El plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo 4) Los rubros imputables al precio del remate son el Impuesto Enseñanza Primaria y la Contribución Inmobiliaria hasta la suma concurrente, requiriendo para cualquier otra imputación, autorización judicial. 5) El remate se efectúa en las condiciones que resultan del expediente, del certificado notarial de estudio de títulos (fojas 154 a 157 y 187), de la documentación, constancias y testimonios por exhibición de la titulación agregados en autos y de la información registrada adjunta y demás constancias. Dicha documentación se encuentra a disposición de los interesados en la sede de este Juzgado. 6) Se desconoce el estado de ocupación y conservación del bien. 7) Por la unidad ha rematarse no se tiene constancia de libre de deuda expedida por la Intendencia Departamental de Maldonado, sino sólo por el padrón matriz (escrito de fojas 227), por lo que se desconoce situación contributiva por la misma. 8) Del plano de mensura y fraccionamiento de Propiedad Horizontal ley 10.751 al amparo de los artículos 18 y 19 ley 18.795/2011, resulta que el presente plano de incorporación no implica habilitación final del edificio. Y a los efectos legales se hace una publicación en diario oficial, diario local y en la red informática del Poder Judicial.
Maldonado, 13 de agosto de 2025.
-VERÓNICA LORENA FIAMENE PÉREZ, Administrativo III Colaboración Cargo: Actuario Adjunto
Maldonado, 13 de agosto de 2025.
-VERÓNICA LORENA FIAMENE PÉREZ, Administrativo III Colaboración Cargo: Actuario Adjunto