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EDICTO:
Por disposición del Sr/a. Juez de Paz 3ª
Sección de Maldonado, dictada en autos:
“INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE
MALDONADO C/ BROWN CANULLO,
GUILLERMO JORGE Y OTROS.VÍA DE
APREMIO” IUE 296-347/2021, se hace saber
que el próximo VIERNES 21 DE NOVIEMBRE
DE 2025 a partir de las 15:00 hs. EN LAS
PUERTAS DE ESTA SEDE, Ituzaingó 568 de la
Ciudad de Pan de Azúcar, por intermedio del
Martillero Gabriel Etcheverry, Matrícula 5659,
RUT 100087950010, en diligencia presidida
por la Señora Alguacil ad hoc de la Sede,
se procederá al remate público, sin base,
en moneda nacional y al mejor postor del
siguiente bien inmueble: Solar de terreno, sito
en la Localidad catastral Sauce de Portezuelo,
departamento de Maldonado, manzana
catastral 791,empadronado con el número
DIECISIETE MIL CIENTO SESENTA Y DOS
(17162) (antes padrón 8581 en mayor área),
el que según plano de fraccionamiento del
Agrimensor Antonio Asuaga, de octubre
de 1970, inscripto en la Dirección General
de Catastro con el número 3.669 el 27 de
enero de 1972, se identifica como solar 1
de la manzana C, tiene una superficie de
MIL SETENTA Y OCHO METROS VEINTE
DECIMETROS (1078 metros 20 decímetros)
y se deslinda así: 21 metros al Noroeste de
frente a Calle Pública de 17 metros; 32 metros
16 centímetros al Suroeste, también de frente
a Calle Pública de 17 metros, uniendo ambos
frentes ochava curva; 38 metros 61 centímetros
al Noreste lindando con el solar 2 y 28 metros
01 centímetros al Sureste lindando con parte
del padrón 1235; todos de la manzana C del
mismo plano. SE PREVIENE: 1) El mejor
postor deberá consignar el 30 % de su oferta en
carácter de seña, al serle aceptada la misma, así
como la comisión de compra del rematador e
impuestos o sea el 3,66% del precio del remate.
2) En caso que el precio total de la subasta
superase la suma de unidades indexadas
un millón se hará efectivo mediante letra de
cambio, cheque certificado o transferencia
electrónica de una entidad bancaria de
plaza artículo 35 ley 19.210. 3) Los gastos
de escrituración y los impuestos que la ley
pone de cargo del comprador, serán de cargo
del adquirente. 4) El plazo para consignar el
saldo de precio será de veinte días corridos
contados a partir del día hábil siguiente al
de la notificación del auto aprobatorio del
remate, que no se interrumpirá por las ferias
judiciales ni por la semana de turismo 5) El
remate efectúa las condiciones que surgen del
expediente, de la documentación, la titulación
agregada, y la información registrada adjunta.
La documentación disponible relativa al bien
a rematarse se encuentra en la Oficina de
este Juzgado, donde podrá ser examinada
por los interesados. 6) Los rubros imputables
del precio del remate son el Impuesto de
Enseñanza Primaria y la Contribución
Inmobiliaria hasta la suma concurrente,
requiriendo para cualquier otra imputación,
autorización judicial. 7) Se desconoce el
estado ocupacional y de conservación del
bien inmueble. Y a los efectos legales se hace
una publicación diario oficial, diario local red
informática del Poder Judicial. Dr. Juan Martin
Dutra Bentancor. Juez de Paz.
Maldonado, 03 de noviembre de 2025.
-JUAN MARTÍN DUTRA BENTANCOR, Juez
de Paz Ciudad.
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