|
EDICTO:
Por disposición del Sr/a. Juez de Paz 3ª Sección de Maldonado, dictada en
autos:
"INTENDENCIA DPTAL. DE MALDONADOC/BADER, ALEJANDRA Y OTRO.
JUICIO EJECUTIVO -" IUE 296-861/2021, se hace saber que el próximo JUEVES
12 DE FEBRERO DE 2026 a partir de las 12:00 hs. EN LAS PUERTAS DE ESTA
SEDE, Ituzaingó 568 de la Ciudad de Pan de Azúcar, por intermedio del
Martillero
Gabriel Etcheverry, Matrícula 5659, RUT 100087950010, en diligencia
presidida por
la Señora Alguacil ad hoc de la Sede, se procederá al remate público, sin
base, en
moneda nacional y al mejor postor del siguiente bien inmueble: Solar de
terreno, sito
en la Localidad catastral Sauce de Portezuelo, departamento de Maldonado,
manzana catastral 478, empadronado con el número ONCE MIL CINCUENTA Y
OCHO (11.058) el que según plano de fraccionamiento del Agrimensor Raúl
Bianchi
inscripto en la Dirección General de Catastro con el número 2871 el 6 de
Julio de
1972, se identifica como solar 9 de la manzana 84 , tiene una superficie de
SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE METROS CINCUENTA DECÍMETROS (637
metros 50 decímetros) y se deslinda así: 15 metros al OESTE de frente a
Calle de 20
metros; 42,5 metros al NORTE, lindando con el solar 10; 15 metros al ESTE
lindando
con Solar 6 y 42,5 metros al SUR lindando con solar 8; todos de la misma
manzana y
plano. SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30 % de su oferta
en
carácter de seña, al serle aceptada la misma, así como la comisión de compra
del
rematador e impuestos o sea el 3,66% del precio del remate, constituir
domicilio
procesal físico y/o electrónico de conformidad a lo dispuesto en el art.
71.1 CGP y
comparecer al proceso con la debida asistencia letrada. 2) En caso que el
precio
total de la subasta superase la suma de unidades indexadas un millón ser
hará
efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia
electrónica de
una entidad bancaria de plaza (artículo 35 ley 19.210.) 3) Los gastos de
escrituración
y los impuestos que la ley pone de cargo del comprador, serán de cargo del
adquirente. 4) El plazo para consignar el saldo de precio será de veinte
días corridos
contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto
aprobatorio del
remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de
turismo 5)
El Remate efectúa las condiciones que surgen del expediente, de la
documentación,
la titulación agregada, y la información registrada adjunta. La
documentación
disponible relativa al bien a rematarse se encuentra en la Oficina Actuaria
de este
Juzgado, donde podrá ser examinada por los interesados. 6) Los rubros
imputables
del precio del remate son el Impuesto de Enseñanza Primaria y la
Contribución
Inmobiliaria hasta la suma concurrente, debiendo solicitar autorización
judicial para
cualquier otra imputación. 7) Se desconoce el estado ocupacional y de
conservación
del bien inmueble. Y a los efectos legales se hace una publicación diario
oficial,
diario local red informática del Poder Judicial. Dr. Juan Martin Dutra
Bentancor Juez
de Paz
Maldonado, 23 de diciembre de 2025
- JUAN MARTÍN DUTRA BENTANCOR, Juez de Paz Ciudad
|